
Graciela Hurtado de Soto
En la primera reunión de Junta de este año tuvimos la muy grata presencia de la doctora Gracia Hurtado, nacida en Bogotá y fundadora de la primera organización de Pro-defensa de los Derechos Humanos en Colombia..
Entre sus escritos se encuentra el libro titulado "Carta Universal de los Deberes Humanos".
Llama poderosamente la atención el hecho que este título haga referencia a los "deberes" en un mundo donde siempre encontramos numerosos libros, foros, seminarios, que hacen referencia a los derechos.
Y es que de tanto reclamar y hacer valer nuestros "derechos" hemos dejado de lado conciente o inconcientemente la otra parte tan importante como son nuestros "deberes".
Aprovecharemos este portal para publicar apartes de este libro, habiendo sido autorizados debidamente por la doctora Graciela.

CARTA UNIVERSAL DE LOS DEBERES HUMANOS
Todos reclamamos siempre nuestros derechos humanos, ¿nos preocupamos alguna vez por nuestros deberes? Este trabajo de Graciela de Soto, pretende inducir a la humanidad a que no sólo piense en los beneficios que le otorgan sus derechos, de manera graciosa, sino a cumplir con todos los deberes humanos.
Cumplimos con nuestras obligaciones, es cierto, porque la ley nos impone su cumplimiento por medio de medidas coercitivas como intereses de mora, multas, expropiación, cárcel, extradición, etc. Pero a la hora de cumplir con nuestros DEBERES HUMANOS, para lo cual no tenemos más que juez nuestra conciencia, nos hacemos sordos y ciegos.
A continuación reseñaremos los primeros 10 artículos de la CARTA UNIVERSAL DE LOS DEBERES HUMANOS:
Artículo Primero
Todo ser humano debe ser engendrado con dignidad y sus progenitores tienen el DEBER de aplicar su razón y su conciencia para tener el derecho de dar una nueva vida.
Artículo Segundo
Todo ser humano, sin distinción de raza, credo, color, sexo, idioma, nacionalidad, posición social, económica o política, nacimiento o de cualquier otra condición (salvo los dementes), tiene deberes y obligaciones que lo hacen apto para exigir sus derechos.
Artículo Tercero
Todo ser humano debe respetar la vida, la libertad, las personas las comunidades, las naciones y la naturaleza. Todo derecho engendra deberes, sin los cuales el derecho queda derogado por razón y por ley.
Artículo Cuarto
Todo ser humano tiene el deber de respetar a sus semejantes sin someterlos a malos tratos, ya sean síquicos o materiales.
Artículo Quinto
Todo ser humano tiene el deber de respetar su valor personal y jurídico, no infringiendo las leyes de la nación ni de la razón.
(continuará) ...
Artículo Sexto
Todo ser humano tiene el deber de cumplir las leyes sin distinción de posición social, económica, gubernamental, política religiosa o racial.
Artículo Séptimo
Todo ser humano tiene el deber de respetar y no violar los derechos reconocidos por la constitución y la ley.
Artículo Octavo
Todo ser humano tiene el deber de conocer y reconocer la igualdad de los derechos, por lo tanto, toda persona que arbitrariamente contravenga el derecho ajeno, está conculcando sus propios derechos.
Artículo Noveno
Todo ser humano tiene el deber respetar la vida, honra y bienes de sus semejantes.
Artículo Décimo
Todo ser humano tiene el deber de respetar su valor personal y jurídico, no infringiendo las leyes de la nación ni de la razón.